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Corte no respeta “Cosa Juzgada”

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Arturo Zárate Vite

https://aalamsalon.com/itt2art Corte no respeta “Cosa Juzgada”

source link Se supone que en México nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo delito e imposible cuando el asunto ya ha sido declarado como “cosa juzgada” por la propia autoridad judicial.

go site Este de un caso que debe de ser conocido en el mundo. Un testimonio de la degradación a que ha llegado el poder judicial en México y de ahí el clamor del pueblo por la reforma judicial.

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Cheap Tramadol Vamos por partes.

Tramadol India Online El diccionario de la Real Academia Española define “irrevocable” como algo que “no se puede revocar o anular”. Cita como sinónimos “inapelable, definitivo, inexorable, decidido y resuelto”.

follow link Sería incorrecto generalizar y dar por hecho que por un solo caso que puede probarse, todo está echado a perder en el sistema de justicia.

see url El colmo, la desgracia, es que en esta historia está involucrada, involuntaria o voluntariamente, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que el pasado 26 de junio del año en curso rechazó el amparo directo en revisión 246/2023 y dejó firme sentencia condenatoria contra periodista mexicano.

source url Con fecha del 15 de diciembre de 2016 el Juzgado Primero de Distrito de Procesos Penales Federales en la Ciudad de México, emitió un acuerdo que en su párrafo esencial y concluyente sobre la causa penal 103/2012-II dice:

https://www.annarosamattei.com/?p=pde04n8q7l “En consecuencia, con sustento en la última parte párrafo primero del artículo 102 de la legislación procesal aplicable, se declara que dicho fallo es irrevocable y por ende, ha causado ejecutoria para los efectos legales a que haya lugar”.

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https://musicboxcle.com/2025/04/55si0a6g ¿Cuál es ese fallo?

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source site La primera emitida por el citado juzgado primero.

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https://lavozdelascostureras.com/izcdqxmoj La segunda, la resolución del Quinto Tribunal Unitario en Materia Penal del Primer Circuito, que confirma la sentencia absolutoria.

go to site El acuerdo resume así:

click here “Seguidamente de una lectura del fallo citado en primer término, se desprende que la autoridad de alzada resolvió:

https://etxflooring.com/2025/04/r52qwkrhw4 ÚNICO. Se deja firme la sentencia absolutoria de 13 de septiembre de 2016 dictada por el Juzgado Primero de Distrito de Procesos Penales Federales en la Ciudad de México en los autos de la causa penal 103/2012 que absolvió a…..(no citamos el nombre en acatamiento a la ley de protección de datos personales), del delito de hostigamiento sexual , previsto y sancionado en el artículo 259 Bis del Código Penal Federal y abuso sexual, previsto y sancionado en el artículo 260 del Código Penal Federal, con la agravante prevista en el numeral 266 Bi, fracción III de dicho ordenamiento legal, por lo motivos expresados en el último considerando de esta sentencia”.

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Cheap Tramadol Online Uk ¿Y qué pasó después?

https://musicboxcle.com/2025/04/y4wnbrioyj El proceso penal fue reabierto por el Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito de la Ciudad de México.

source De manera irregular el magistrado Jorge Fermín Rivera (se jubiló dos semanas después de su resolutivo) lo reabrió y el proceso se revirtió en contra del periodista.

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https://www.villageofhudsonfalls.com/90r0isas El afectado se defendió a base de amparos y después de 11 años el asunto llegó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

source link La Primera Sala de la Corte aprobó por mayoría el proyecto de resolución elaborado por el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá que rechazó el recurso de revisión del periodista.

https://reggaeportugal.com/o7c1fsxwq Todo hace suponer que los ministros Alcántara Carrancá, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Loretta Ortiz y Margarita Ríos Farjat no entraron al fondo del asunto.

get link El ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena votó en contra de lo aprobado por sus compañeros.

here Twitter y TikTok: @zarateaz1

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